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Todo lo que debes saber sobre tu seguro

Los seguros son instrumentos financieros que nos ayudan a reducir la incertidumbre económica sobre el futuro ante imprevistos que podrían sufrir nuestros bienes, patrimonio o accidentes personales.

Todo lo que debes saber sobre tu seguro

Los seguros son instrumentos financieros que nos ayudan a reducir la incertidumbre económica sobre el futuro ante imprevistos que podrían sufrir nuestros bienes, patrimonio o accidentes personales.

Al contar con una póliza en Renta Nacional, te brindaremos el apoyo y tranquilidad donde sea que lo necesites.

Un seguro según tus necesidades

Cada persona tiene diferentes necesidades para proteger bienes frente a imprevistos a los que todos estamos expuestos, como un accidente, una enfermedad o muerte repentina. Sin embargo, no todos necesitan los mismos seguros ni el mismo tipo de cobertura. Por ejemplo: vehículo, hogar, accidentes personales o pyme.

Antes de contratar un seguro es bueno asesorarse y entender conceptos básicos como, por ejemplo, qué es una póliza, un deducible, la prima o la cobertura.

En esta sección encontrarás todo lo que debes saber antes de contratar un seguro.

 

¿Cómo entiendo mi póliza?

La póliza de seguro es el documento que da cuenta de un contrato de seguros. Este contrato es celebrado por una persona (natural o jurídica) y una compañía de seguros, en donde la primera (asegurado) transfiere uno o más riesgos determinados a la segunda (asegurador), a cambio del pago de una prima, obligándose la compañía a indemnizar al asegurado los daños que sufra ante la verificación del riesgo.

La póliza se compone de dos partes, las condiciones generales y las condiciones particulares.

Derechos y deberes del asegurado

Al contratar un seguro es necesario tener en cuenta que como asegurado tienes derechos y deberes.

Como asegurado tienes derecho a:

  • Contratar y elegir la cobertura de seguro más conveniente a sus necesidades e intereses, de manera de poder obtener la debida protección que requiera a través de una póliza determinada.
  • Elegir libre y voluntariamente la compañía de seguros que asumirá la cobertura del seguro, como, asimismo el intermediario o corredor de seguros que lo asesore al tomar el seguro durante su
  • Acceder a información veraz, oportuna, clara y completa sobre las condiciones que rigen el seguro que está contratando. La información debe comprender los antecedentes necesarios que le permitan conocer y apreciar los aspectos y
  • Solicitar copia de la póliza
  • En caso de tener alguna queja o si quisiera presentar un reclamo sobre la actuación de un fiscalizado, usted puede formular una presentación por escrito dirigida a la oficina de éste, quienes están obligados a tramitar y contestar por escrito las presentaciones que reciban en un plazo que no puede exceder de 20 días hábiles, contados desde

 

Como asegurado tienes los siguientes deberes:

  • Informarte responsablemente y leer los documentos que se presenten para contratar un seguro, de manera tal de comprender el contenido y las características de los servicios ofrecidos
  • Informar o declarar sinceramente los riesgos que desea asegurar, a fin de permitir a la Compañía de Seguros identificar el objeto asegurado y apreciar la extensión de los riesgos que va a asumir
  • Prestar el debido cuidado a los bienes asegurados y prevenir la ocurrencia del
  • No agravar o extender los riesgos asegurados
  • Pagar la prima del seguro, en la forma y plazo convenido con la Compañía de Seguros. El incumplimiento de esta obligación puede liberar a la aseguradora de su obligación de indemnizar el siniestro, conforme a las condiciones de la póliza respectiva
  • Conservar los objetos siniestrados y tomar todas las medidas necesarias para salvar o recuperar el objeto asegurado o para conservar sus restos
  • Informar o denunciar el siniestro, indicando sus causas, consecuencias y demás hechos que permitan a la Compañía de Seguros imponerse debidamente del suceso. El denuncio del siniestro debe realizarse en la aseguradora, en el plazo
  • Proporcionar a la compañía de seguros o al liquidador de siniestros todos los antecedentes requeridos

No olvide que el incumplimiento de los deberes como asegurado podría significar el rechazo del pago de la indemnización o el término anticipado del contrato de seguro.

Además las pólizas pueden establecer obligaciones especiales al tipo de riesgo asegurado.

Obligaciones de la Compañía de Seguros ante derivadas de la celebración de un contrato de seguros

  1. Entregar la póliza, o el certificado de cobertura, en su caso, al contratante del seguro o al corredor que la hubiera intermediado, dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde la perfección del contrato.

  2. Cuando el seguro fuere contratado en forma directa, sin intermediación de un corredor de seguros: prestar asesoría al asegurado, ofrecerle las coberturas más convenientes a sus necesidades e intereses, ilustrarlo so bre las condiciones del contrato y asistirlo durante toda la vigencia, modificación y renovación del contrato y al momento del siniestro.
  3. Indemnizar el siniestro cubierto por la póliza. El asegurador responde de los riesgos descritos en la póliza, con excepción de las situaciones expresamente excluidas por ella.

Términos que debes conocer al contratar un seguro

Contratante

Persona natural o jurídica que ha contratado el seguro. Esta persona se compromete con las obligaciones y cargas del contrato

Asegurado

Es la persona sobre cuyo riesgo se contrata el seguro. El asegurable pasa a ser asegurado una vez que se suscribe el contrato. Cabe destacar que no siempre el asegurado y el contratante son la misma persona.

Cobertura

Responsabilidad asumida por una Compañía de Seguros en virtud del cual se hace cargo hasta el límite estipulado, del riesgo cubierto derivado de un siniestro.

Deducible

Cantidad que se establece en algunas pólizas como cantidad o fracción porcentual que es de cargo del asegurado, y no es indemnizable por la Compañía de Seguros.

Prima

Es la retribución o precio del seguro cuyo pago es de cargo del contratante o asegurado oa la Compañía de Seguros.

Exclusiones

Son las cláusulas del contrato que señalan los tipos, expresiones o manifestaciones del riesgo, que aun perteneciendo al ramo de seguro al que corresponde la póliza, eximen al asegurador de indemnizar el siniestro.

Vigencia

Periodo de tiempo por el cual se extiende la cobertura de la póliza contratada.

¿Qué tipos de seguros puedo contratar en Renta Nacional?

En Renta Nacional tenemos una amplia oferta de seguros para personas naturales, como para empresas y PYME. Te invitamos a conocer en el menú Nuestros Seguros todas las coberturas que tenemos para ti y otorgarte tranquilidad donde sea que la necesites.

¿Qué hay que hacer en caso de siniestro?

Llamar al Servicio al Cliente de Renta Nacional al 800 200 050 desde celulares + 56 2 2670 0202 para obtener toda la ayuda y orientación que pueda necesitar y coordinar el traslado del vehículo con una grúa si estuviese imposibilitado de moverse

Denunciar el siniestro a la compañía por escrito dentro de los 10 días corridos (contados desde la fecha del siniestro), a través de cualquiera de nuestras sucursales o nuestro sitio web, en el link Denuncio de Siniestro

Si se trata de un siniestro por robo del vehículo o un accidente de tránsito en donde hubo lesionados o fallecidos, se debe realizar una denuncia en Carabineros, en donde se emitirá un parte policial con los hechos, citándose a los involucrados al Juzgado o Fiscalía correspondiente. Lo anterior debe informarse al momento de declarar el siniestro

¿Cómo hago la Denuncia de un siniestro?

Tenemos diferentes canales para denuncia de Siniestro:

A través de nuestro sitio web en trámites online: Denuncia de Siniestro o en el Portal de Asegurado; en nuestra APP Renta Nacional o a través de nuestro Call Center 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202

¿Me chocaron, puedo llevar el vehículo donde lo compre para que lo reparen?

No, no debes realizar ninguna reparación propia o a terceros sin previa autorización de la Compañía

Proceso de liquidación de un siniestro

  1. Procedimiento de liquidación

Denunciado un siniestro, la compañía de seguros para efectos de determinar la procedencia y el monto de la indemnización dispondrá su liquidación.

El procedimiento de liquidación es una sucesión de actos y gestiones vinculadas entre sí destinadas a emitir un informe, técnicamente fundado, sobre la cobertura del riesgo y el monto de la indemnización que eventualmente corresponde por los daños sufridos.

  1. Plazo de liquidación

El liquidador tiene un plazo, por regla general, de 45 días corridos desde la fecha del denuncio para emitir su informe. Este plazo podrá prorrogarse sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que fundamentan la prórroga e indicando las gestiones concretas y específicas que en cada caso objeto de la prórroga, se realizarán para dar curso a la liquidación.

La liquidación concluye con la emisión del INFORME DE LIQUIDACIÓN por parte del liquidador, el cual recomendará o no, según corresponda, el pago de la indemnización del siniestro. Este informe es impugnable, tanto por el asegurado como por el asegurador, dentro de un plazo de 10 días.

  1. Indemnización del Siniestro

El asegurador deberá indemnizar el siniestro en dinero, a menos que se haya estipulado que pueda hacerlo mediante la reposición o reparación de la cosa asegurada.

 

  1. Plazo de reparación

El plazo de reparación es independiente del plazo de liquidación. La reparación es llevada a cabo por talleres independientes al asegurador, siendo la función de la Compañía de Seguros encargar y pagar la reparación del vehículo siniestrado. En consecuencia, el plazo de reparación dependerá del tipo de daño que haya sufrido el vehículo y de la disponibilidad de repuestos en plaza.

¿Cómo puedo solicitar asistencia?

Llamando a nuestro Call Center 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202

¿Cómo puedo saber qué tipo de asistencia tiene mi seguro contratado?

Revisando el detalle de tu póliza en tu portal de asegurado, contactándote con tu corredor o llamando al 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202

¿Qué es la Asistencia Domiciliaria?

Es una cobertura adicional incluida en los seguros de hogar y consiste en otorgar una reparación de urgencia en los casos de gasfitería, electricidad, cristalería y cerrajería, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permite y no se trate de un siniestro o falla del proveedor de servicios. El límite de eventos y cobertura por evento lo puedes revisar en las condiciones particulares de tu póliza de seguros.

¿Mi seguro de vehículo tiene servicio de Auto de Reemplazo?

Si en el listado de coberturas de tu póliza se indica, VEHÍCULO DE REEMPLAZO o AUTO DE REEMPLAZO, entonces tu seguro incluye este servicio. Debes tener en cuenta que este servicio se puede utilizar sólo en caso que tu vehículo haya sufrido un siniestro que sea cubierto por tu póliza, la demora de su reparación sea mayor a 48 horas y el vehículo siniestrado ya se encuentre ingresado en el taller. Para solicitar el servicio debes presentar Carnet, licencia de conducir y tarjeta de crédito.

¿Mi póliza tiene Servicio de Grúa?

Si en el listado de cobertura de tu póliza se indica, ASISTENCIA AL VEHÍCULO, entonces tu seguro incluye el servicio de grúa para el traslado de tu vehículo en caso de siniestro o avería.

¿Cómo cancelar una póliza?

El contratante puede cancelar su(s) póliza(s) en cualquier momento de acuerdo a lo dispuesto en su contrato

Para cancelar la póliza en nuestra compañía, el contratante lo puede hacer enviando una solicitud a través de nuestros canales de atención:

  • Sucursal Virtual para Asegurados ingresando desde nuestra página web.
  • A través del formulario de contacto que se encuentra en la sección Centro de Ayuda en nuestra página web
  • Llamando a nuestro Call Center 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202
  • Corredor de seguro, la Compañía acepta solicitud de cancelación de pólizas a través de los mecanismos usuales de comunicación, incluido el correo electrónico