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Incendios Región de Valparaíso - Febrero 2024

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Preguntas Frecuentes

El plazo de reparación es independiente del plazo de liquidación. La reparación es llevada a cabo por talleres independientes al asegurador, siendo la función de la Compañía de Seguros encargar y pagar la reparación del vehículo siniestrado. En consecuencia, el plazo de reparación dependerá del tipo de daño que haya sufrido el vehículo y de la disponibilidad de repuestos en plaza.
El asegurador deberá indemnizar el siniestro en dinero, a menos que se haya estipulado que pueda hacerlo mediante la reposición o reparación de la cosa asegurada.
El liquidador tiene un plazo, por regla general, de 45 días corridos desde la fecha del denuncio para emitir su informe. Este plazo podrá prorrogarse sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que fundamentan la prórroga e indicando las gestiones concretas y específicas que en cada caso objeto de la prórroga, se realizarán para dar curso a la liquidación. La liquidación concluye con la emisión del INFORME DE LIQUIDACIÓN por parte del liquidador, el cual recomendará o no, según corresponda, el pago de la indemnización del siniestro. Este informe es impugnable, tanto por el asegurado como por el asegurador, dentro de un plazo de 10 días.
Denunciado un siniestro, la compañía de seguros para efectos de determinar la procedencia y el monto de la indemnización dispondrá su liquidación. El procedimiento de liquidación es una sucesión de actos y gestiones vinculadas entre sí destinadas a emitir un informe, técnicamente fundado, sobre la cobertura del riesgo y el monto de la indemnización que eventualmente corresponde por los daños sufridos.
No, no debes realizar ninguna reparación propia o a terceros sin previa autorización de la Compañía. Recuerda que tienes 10 días corridos para notificar tu Siniestro.
Tenemos diferentes canales para denuncia de Siniestro: A través de nuestro sitio web en trámites online: Denuncia de Siniestro, en tu Portal de Asegurado, en nuestra APP Renta Nacional o a través de nuestro Call Center 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202.
Llamar al Servicio al Cliente de Renta Nacional al 800 200 050 desde celulares +56 2 2670 0202 para obtener toda la ayuda y orientación que pueda necesitar y coordinar el traslado del vehículo con una grúa si estuviese imposibilitado de moverse. Denunciar el siniestro a la compañía por escrito dentro de los 10 días corridos siguientes (contados desde la fecha del siniestro), a través de cualquiera de nuestras sucursales o nuestro sitio web, en el link Denuncio de Siniestro. Si se trata de un siniestro por robo del vehículo o un accidente de tránsito en donde hubo lesionados o fallecidos, se debe realizar una denuncia en Carabineros, en donde se emitirá un parte policial con los hechos, citándose a los involucrados al Juzgado o Fiscalía correspondiente. Lo anterior debe informarse al momento de declarar el siniestro.

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